¿Tienen poderes los minerales?

Por M.J.M

¿Tienen poderes los minerales?

Algunos minerales tienen “poderes curativos”. Por ejemplo, la halita “cura” estupendamente los jamones. Pero… ¿poderes curativos sobre el ser humano?, Si, también, los egipcios “curaban” a sus muertos con Natrón. Por otra parte, si tenemos una mala digestión podemos tomar Calcita, Dolomita o Magnesita molidas; pero yo, personalmente, prefiero el bicarbonato sódico que, dicho sea de paso, al ser sintético no puede ser considerado un mineral.

Bromas aparte, hay un “poder” que lo tienen absolutamente todos los minerales, el poder de difractar los rayos-X. La mayoría de los minerales tienen también el “poder” de producir doble refracción de la luz; esta propiedad la tienen todos los minerales excepto los que, por su simetría, pertenecen al sistema cúbico. Algunos minerales tienen el ”poder” de generar electricidad cuando son comprimidos o golpeados en una determinada dirección; esto le ocurre por ejemplo a los monocristales de cuarzo y de turmalina. Esta propiedad se llama piezoelectricidad. Algunos minerales, muy pocos, tienen “poderes” magnéticos; es el caso de la Magnetita. Otros minerales tienen el poder de iluminarse “fantasmagóricamente” cuando son irradiados con luz ultravioleta; es por ejemplo el caso de la Willemita o de algunas Fluoritas. Estos “poderes” que acabo de comentar no se deben a la magia o al esoterismo, sino a la estructura interna periódica, ordenada y simétrica que poseen todos los minerales.

Y… poderes espirituales ¿tienen? Podríamos decir que algunos de ellos si que los tienen. Hace poco Juan Manual García Ruiz, uno de los geólogos que ha estudiado la “cueva de los cristales de Naica”, http://garciaruiz.com/Naica/Naica.html en México, dio un curso en Zaragoza en el que hablo del poder de proporcionar felicidad y amor que tiene los monocristales de algunos minerales. Dijo a los asistentes: “¿Alguien quiere hacerme muy feliz y que me enamore de el? Que me regale un diamante bien gordo y ya vera lo feliz que me pongo y cuanto le quiero”.

Salud, P.M.B.

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Actividades Noviembre 2013

Os dejamos algunas fotos de las actividades realizadas por la asociación Sin Límites en Noviembre de 2013

Pequeños ingenieros (1º y 2º Primaria)

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Mineralogía (5º y 6º Primaria)

 

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Taller de cine (5º y 6º Primaria)

 

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Ley aragonesa para logro de éxito escolar y excelencia

Por T.M.  

 

Aunque en estos momentos hablar de una nueva ley de educación nos hace pensar inmediatamente en la ley Wert, no es esa a la que me refiero. El Departamento de Educación del Gobierno de Aragón está elaborando el Decreto para regular las condiciones para que todos los alumnos de la comunidad logren el éxito escolar y la excelencia.

Detrás de estas palabras que suenan tan bien, lo que tenemos es la normativa que va a regular la atención de los alumnos que necesiten algún tipo de atención específica, por problemas de aprendizaje, déficit de atención, etc., y también por altas capacidades intelectuales.

Los enlaces a este decreto son los siguientes (os pongo dos, pero el contenido es el mismo):

http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=763616863939

http://www.educaragon.org/Files/Files/UserFiles/File/Inclusiva/DECRETO%20de%20Inclusin_inform%20p%20blica(1).pdf

Hasta el 21 de diciembre, el decreto se somete a información pública y se pueden presentar sugerencias o alegaciones. Desde la junta de la asociación aún no hemos tomado ninguna decisión sobre si vamos a alegar algo, pero sí que nos gustaría recoger vuestras opiniones. Entre todos podemos ver más cosas. Algunos trabajáis dentro del sistema educativo y otros estáis dentro de él como padres y madres. Y la opinión de todos es importante.

Después, el primer fin de semana de enero, podemos juntarnos en un café tertulia y comentar los pros y contras que entre todos hemos ido viendo.

Para mí, y es la única idea que de momento os voy a transmitir, sigue teniendo el mismo error de base que las anteriores, y es que sigue sin definir claramente que se entiende por alumno con altas capacidades intelectuales. Y sin esta definición, estamos en manos del criterio personal de cada orientador.

 

 

 

NOTA DE LA REDACCIÓN: Podéis colaborar con vuestras aportaciones a esta Ley haciéndolas constar en los “comentarios” de este mismo artículo abajo mismo. Si alguien quiere dar su punto de vista, opinión, matizar algún artículo de dicho borrador de ley, etc… puede hacerlo en Comentarios y serán tenidos en cuenta por Sin Límites.

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